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Poder judicial, el coto privado de los licenciados en Derecho II

Lea la primera parte de este trabajo aquí.

Juan Modesto, hijo de obrero precario. Desechado de este relato. Juan Modesto llegó a la Universidad, pero su padre engrosó la lista del paro cuando cursaba cuarto de Derecho; no pudo continuar la carrera, tuvo que ponerse a trabajar. Su conciencia de pertenencia a la clase perdedora le ayudó a no hundirse moralmente, al contrario, afianzó su militancia en las juventudes de un partido anticapitalista.

Juan Menosmodesto, hijo de asalariado. Con mejor suerte que el anterior, también desechado de este relato. Se licenció en Derecho. Harto de ir de bufete en bufete, decidió opositar a jurídicas. Lo dejó al poco de iniciar la preparación, advirtieron que no podían seguir pagando ese dineral. Intentó una segunda oportunidad, pero lo volvió a dejar porque no tenía tiempo para estudiar después de las maratonianas jornadas de trabajo.

Juan Medio, hijo de profesional de grado medio. Se licenció en Derecho. Opositor de jurídicas. Aprobó y se decantó por Fiscal. Hizo varios másteres, pero no publica en revistas especializadas.

Juan Alto, hijo de profesional libre de grado superior. Opositor de jurídicas. Aprobó y se decantó por Fiscal. Además de hacer varios másteres, gracias a su bien relacionada familia, publica artículos en revistas especializadas en Derecho.

Juan Muy Alto, hijo de terratenientes, por parte de padre y madre. Doctor en Derecho. Muy bien relacionado. Másteres, publicaciones, cátedras, bufete, conferencias en facultades y en fundaciones de reconocida influencia bipartidista, afines a PP o PSOE.

Juan Extremadamente Alto, hijo de gente de rancio abolengo. Doctor en Derecho. Muy bien relacionado. Másteres, publicaciones, cátedras, bufetes, conferencias en facultades y en fundaciones de reconocida influencia bipartidista, afines a PP o PSOE.

El Consejo General del Poder Judicial ha sido elegido. El Congreso y el Senado han nombrado respectivamente a seis vocales del turno judicial entre los candidatos presentados voluntariamente, y que han pasado la criba legal, y a cuatro juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio. Tras jurar lealtad al rey, los veinte cargos (copados por doce Juan Alto y ocho Juan Muy Alto y Juan Extremadamente Alto) pasan a elegir a su presidente.

Tras arduas disputas, esta vez se decantan por un Juan Extremadamente Alto con veinticinco años de ejercicio competente, perdiendo el magistrado del Tribunal Supremo. Aseguran que nada tiene que ver la fortuna del primero, dedicado a la defensa de los más florido de la sociedad española, no como su contrincante, un oscuro opositor que se dedica a chupar del Estado desde su juventud. El presidente, como no podía ser menos, también jura, o promete, lealtad a la Corona.

Los años de ejercicio son lo único fehacientemente medible; la reconocida competencia del presidente y vocales juristas la conocerán sus competentes electores, pero la inmensidad del pueblo sobre el que recaerá todo el peso de la ley no los ha oído en toda su vida. Se preguntan los legos cómo se mide la competencia de un jurista: si es abogado penalista, porque no ha perdido ningún juicio; si es catedrático, porque sus alumnos aprueban las oposiciones; si es juez o magistrado sin ejercicio, porque sus sentencias fueron duras con el débil y blandas con el poderoso. La ley solo dice reconocida competencia. El pueblo, a través de sus representantes del poder legislativo, ha elegido al máximo órgano judicial español.

El CGPJ decide que hacen falta jueces y fiscales. Convoca, vía BOE, oposiciones con el temario que ese máximo organismo estime conveniente . Quienes aprueben deberán decantarse por ser juez o fiscal. Como última prueba, deberán aprobar el posterior curso en la Escuela Judicial o la Escuela Fiscal, con lo que entrarán en la carrera judicial o en la carrera fiscal, respectivamente. Los primeros serán independientes en su actuación profesional hasta que se jubilen; los segundos estarán a las órdenes de sus jerárquicos superiores en toda su vida profesional.

Veamos los fiscales. La última frase del párrafo anterior debería haber dado lugar al punto final de este escrito, porque ya está todo dicho. Aunque convendría saber qué dice el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. ¿Quién nombra al Fiscal General del Estado? El Gobierno. ¿Quién elige al Gobierno? El poder legislativo. ¿Quién elige a los aspirantes a diputados y senadores? Las cúpulas de los partidos políticos, y como ya es sabido, el que se mueve no sale en la foto. La cadena de transmisión es sólida, lleva decenios sin romperse.

Pero no empecemos por el cargo con el que sueña alcanzar todo joven abogado-fiscal, aunque no suponga la culminación de su carrera, ya sabemos que podría aspirar a más altos designios por ser jurista de reconocida competencia. Tras aprobar la oposición, y una vez superado el curso en la Escuela Fiscal, nuestro abogado-fiscal, previo juramento o promesa de lealtad a la Corona, tomará posesión de su primer destino.

Nada de interpretación personal de las leyes, si hubiera querido ese privilegio se habría decantado por la carrera judicial, aunque si se arrepiente de haber elegido la fiscalía gozará de bastantes oportunidades para ingresar en la magistratura.

Además, sabe que no le ocurrirá como a los de la carrera judicial. En la suya, en la carrera fiscal, no quieren advenedizos, por lo que los licenciados o doctores en Derecho no contarán con la aquiescencia del Estado para aflojar su bolsa de paro. Juan Muy Alto y Juan Extremadamente Alto solo podrán aspirar a ser Fiscal General del Estado, y ese puesto es muy estratégico para el Gobierno de España. Lo tendrán muy difícil, aunque ganas no les falten para ponerse al servicio de quienes están a las órdenes del poder real, que no es otro que el Mercado.

El novel estará presto a obedecer las órdenes de su superior jerárquico, no se puede llamar a engaño porque el Estatuto del Ministerio Fiscal es muy claro en cuanto al deber de obediencia y es de suponer que nuestro flamante abogado-fiscal se lo sabrá recitar de memoria. Le va en juego sanciones y su carrera fiscal. Tan solo tendrá que esperar a cumplir años, y no haberse movido en la foto, para así escalar en el escalafón. Cuando lleve veinte años de carrera podrá aspirar a los mejores puestos. Y los ocupantes de esos mejores puestos, de gran prestigio en la carrera, como no podía ser menos, son designados por el Fiscal General del Estado.

Es lógico, este querrá rodearse de su camarilla propia, su equipo más cercano deberá de ser afín a su concepción de la praxis fiscal, no en vano puede delegar en ellos algunas de sus funciones y no le va a amargar su quehacer diario algún fiscal díscolo; incluso puede ser que aspire a más altos designios gubernamentales, pues tendría por encima de él, citando algunos de los cargos no elegidos por el pueblo, al presidente del Consejo General del Poder Judicial, que también lo es del Tribunal Supremo (y presidió la reunión que manifestaría el visto bueno a su elección por el Gobierno como Fiscal General del Estado); al presidente del Tribunal Constitucional; al presidente del Gobierno y a la familia real (como anécdota, el Fiscal General del Estado ocupa el puesto vigésimo en la Ley de Precedencias, por detrás de, por ejemplo, ex presidentes del Gobierno o del jefe de la Casa de Su Majestad el Rey, y por delante del Defensor del Pueblo) .

Todos deben asumirlo, unas veces ascenderán los conservadores, otras los progresistas, dependiendo del gobierno de turno. Pero todos jurarán lealtad a la Corona y a la Constitución del 78 en cada nuevo ascenso o nombramiento, como no podían esperar menos de ellos los partidos políticos del bipartidismo, cantera mayoritaria por ahora del poder legislativo, que recordemos que elige al Gobierno, que es quien nombra al Fiscal General del Estado, y este a los puestos clave del nivel más alto de la carrera fiscal. Recordemos que en esta carrera nadie entra sin oposición, la ejecutoria profesional se conocerá desde su ingreso como abogado-fiscal. No conviene moverse en la foto a quien tenga aspiraciones.

Según dice la ley, el poder ejecutivo podrá interesar del ministerio fiscal. Como esto de las palabras en Derecho hay que darle su sentido exacto porque de lo contrario se podría incurrir en la desagradable sorpresa de darle su sentido contrario, acudimos a un prestigioso diccionario que nos confirma que interesar algo de alguien es como pedir o solicitar algo a alguien.

El Gobierno pide al Fiscal General del Estado. El legislador se cuidó mucho de usar las palabras podrá ordenar, o sinónimo menos contundente, para establecer la relación del Gobierno, poder ejecutivo elegido por el poder legislativo, para relacionarse con los fiscales, poder judicial. Nadie muerde al Gobierno que le da parcela de poder.

No es que el FGE sea un desalmado, es que el Gobierno le habrá dado el cargo a un jurista, de reconocida competencia o de la carrera fiscal o judicial, que no le vaya a crear problemas, que sea una simple correa de transmisión ante sus deseos de la defensa del interés público. Otra cuestión es que los intereses sean más o menos públicos, que alguno habrá privado para interés de unos pocos, que son siempre los mismos.

Cada ciudadano, o grupo ideológico de ciudadanos, interpreta la ley como su intelecto y experiencias le dan a entender. Lo aquí expuesto puede parecerle correcto a muchos o monstruoso a muchos otros, pero es lo que lleva a pensar que ese entramado legal permite que se oiga referido a los fiscales lo de “esto la fiscalía te lo afina”, “¿tu amigo?”, sin embargo también se oyen voces discrepantes de fiscales que dignifican al poder judicial. De todo hay en botica, aunque lo malo abunda.