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La OEA confirma que ecuatorianos votaron en 2018 por una consulta ilegítima y tramposa

La consulta popular convocada por el presidente ecuatoriano, Lenín Moreno, el 4 de febrero de 2018, careció de control constitucional y el cuestionario de 7 preguntas no fueron verificadas por la Corte Constitucional, como corresponde en estos casos. Los ecuatorianos, además, fueron a las urnas con poca información y en una campaña desigual, que inclinó la cancha a favor de la tesis oficial.

Esta fue una de las conclusiones del Informe Final de la Misión de Observadores Electorales de la Organización de Estados Americanos (OEA) que estuvo desplegada en el país andino entre el 26 de enero y el 6 de febrero de 2018 y fue integrada por expertos de 6 estados miembros del organismo.

>>Análisis del referendum y la consulta popular de Ecuador<<

El informe, presentado este miércoles en Washington por el mexicano Leonardo Valdez Zurita, jefe de la Misión del organismo interamericano,  detectó que hubo inequidad en la campaña, en la cual hubo participación activa del propio presidente Lenín Moreno, de funcionarios del Estado tanto en Ecuador como en las legaciones  diplomáticas en el exterior, que se aprovechó de coyunturas internas para meter preguntas mal planteadas, que no se atendió las impugnaciones por falta de respuesta de la Corte Constitucional, entre otras irregularidades matizadas con un lenguaje diplomático.

La Misión considera que independientemente de la posible existencia de una afirmativa ficta*, para futuras ocasiones, la Corte Constitucional debe pronunciarse de manera expresa sobre la constitucionalidad de las preguntas. La existencia de lineamientos y criterios para la formulación de considerandos y cuestionarios son herramientas que buscan garantizar la correcta elaboración de las preguntas, así como la viabilidad de implementación de los resultados, subraya.

*Se entiende por afirmativa ficta las decisiones administrativas que se consideran aceptadas cuando no existe una respuesta en los plazos que establece la Ley.

La falta de control constitucional permitió que se pasase por alto aspectos como no inducción de las respuestas en los electores; concordancia plena entre el considerando que introduce la pregunta y el texto normativo; empleo de lenguaje neutro y sin carga emotiva, sencillo y comprensible para el elector, entre otros.

La consulta y referéndum tuvo 7 preguntas referentes a la inhabilitación política de personas condenadas por actos de corrupción, la eliminación de la reelección indefinida, la reestructura del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la no prescripción de delitos sexuales contra niños y adolescentes, la prohibición de la minería metálica.

También respecto la derogación de la “Ley de la Plusvalía”, así como el incremento de la zona intangible y la reducción del área de explotación petrolera en el Parque Nacional Yasuní.

Pero, según el expresidente Rafael Correa (quien impulsó la campaña por el No), el objetivo del gobierno de Lenín Moreno era a través del Consejo de Participación hacerse de todos los poderes del Estado; también inhabilitarlo para que pueda participar en elecciones.

>>La derrota de Lenín Moreno<<

Otra de las conclusiones de la Misión de la OEA es que la Corte Constitucional no tramitó ni admitió la demanda de inconstitucionalidad planteada por un grupo de asambleístas. También se determinó que algunas cuñas de la campaña en contra de la consulta no fueron difundidas por los medios de comunicación. La Misión observó que el reglamento vigente, que responsabiliza al medio de comunicación por los contenidos de las cuñas, tuvo un efecto inhibitorio.

Censura previa y uso de fondos públicos en campaña

Sumado a esto, las respuestas del Consejo Nacional Electoral a las consultas realizadas por los medios de comunicación no aportaron elementos adicionales que les permitiera tener mayor claridad sobre los criterios a ser aplicados para la difusión de cuñas. “Garantizar la libertad de expresión en los procesos electorales es un derecho fundamental para la competencia electoral y la negación de publicar cuñas puede considerarse como censura previa y conllevar a la inequidad en la contienda”.

La Misión recibió reclamos respecto a la actividad de funcionarios del Estado participando en la campaña, así como al uso de espacios que son financiados con recursos del Estado para promover la opción SÍ en el Referéndum y Consulta Popular, como “El Presidente Informa”, el mensaje presidencial semanal transmitido en cadena nacional.

Asimismo, constató que en algunos eventos de carácter institucional se promovió el voto a favor del SÍ. Los expertos de la OEA además observaron que desde los sitios oficiales de algunas representaciones consulares en el exterior se divulgó contenido que apoyaba la opción SÍ.

Preguntas sesgadas

En el documento de 81 páginas se hace un análisis detallado de las preguntas. Entre ellas se menciona que a pregunta dos, referente a la reelección indefinida, no es neutral, ya que refiere a “recuperar el mandato de Montecristi”, lo que podría sugerir al elector que hubo una desviación que se debe corregir.

Respecto a la pregunta sobre el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, ente que tiene a su cargo, entre otras atribuciones la selección de las principales autoridades (Contraloría, Defensoría del Pueblo, superintendencias, Consejo Nacional Electoral) se indica que no es clara porque se incluye diferentes cuestiones sobre las que se podría tener posturas diferentes: reestructuración del Consejo, competencias, destitución de miembros, autorización para nominar nuevas autoridades.

Es decir, la pregunta no permite al elector aceptar o negar cada tema individualmente, sino aprobarla o rechazarla en bloque. Adicionalmente, la pregunta introduce cuestiones no desarrolladas en los anexos por lo que no es considerada como completa. En resumen, la información ofrecida podría ser insuficiente para ejercer un voto informado, dado que la pregunta no tiene unidad de forma, ni de contenido ni claridad sobre las consecuencias del voto.

La consulta de Lenín Moreno tuvo una pregunta que algunos analistas consideraron “gancho”, es decir que inducían a los electores a votar por el Sí por la totalidad de las cuestiones planteadas. Se trata sobre la no prescripción de los delitos sexuales en niños, niñas y adolescentes.

Al respecto, el informe de la OEA concluye que esta pregunta tuvo un importante apoyo de la ciudadanía motivada por cuestiones de coyuntura. Durante el año previo a la consulta hubo denuncias de abusos sexuales contra menores cometidos en centros educativos públicos y privados que conmocionaron a la sociedad ecuatoriana.

>>Xenofobia en Ecuador, síntoma de una sociedad enferma<<

Y recomienda que para futuros procesos, se sugiere considerar la pertinencia de la consulta popular en temas de interés público que no generan controversia, y la posibilidad de activar otros mecanismos de participación menos costosos y mejor preparados para el rendimiento de cuentas.

El informe de la OEA le da implícitamente la razón al expresidente Rafael Correa en el sentido de que se trató de una consulta “mañosa” pues nació con vicios de constitucionalidad y los votantes fueron engañados para, a través de esta, bloquear su participación política y hacerse con la institución que tiene la potestad de designar a las autoridades de las instituciones del Estado.